Katia D´Artigues
Campos Eliseos/El Universal
08-agosto-2008
En las últimas semanas hemos discutido a profundidad sobre la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y en conjunto hemos comprendido la importancia de su contenido y como da otro enfoque –de derechos humanos—a la vida de las personas con discapacidad.
Pero para entender este documento tan importante desde un punto de vista más técnico, les hablaré del libro Mecanismos Nacionales de monitoreo de la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, que presenta el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Dr. Javier Moctezuma.
Esta publicación recopila textos que ven la Convención desde ángulos diversos. Por ejemplo: analizan casos específicos en Canadá, Bolivia, Perú, Guatemala y México sobre la situación de las personas con discapacidad.
Entre otras cosas, en este libro se resume que la Convención es el primer Tratado sobre Derechos Humanos del siglo XXI –que no es poca cosa- y también “el primer instrumento legal vinculante de las Naciones Unidas dirigido específicamente a los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
Recordemos que la Convención entró en vigor seis años después de que México la propuso ante la ONU, y antes de ésta existieron algunos otros documentos que intentaron -sin éxito- velar por los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Por ejemplo, antes de la década de 1980 tuvimos la Declaración del Retrasado Mental y la Declaración de los Derechos de los Impedidos. En 1981 se logró que fuera declarado el Año Internacional de las Personas con Discapacidad y en 1993 la Asamblea General de la ONU adoptó las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Todos estos fueron avances interesantes, pero de acuerdo a Leandro Despouy, relator especial de la ONU, la falta de protección específica desembocó en que las personas con discapacidad “se encontrarán ante una desventaja legal en relación con otros grupos vulnerables”.
Justo en lo anterior radica la importancia y trascendencia de esta Convención que según Gerard Quinn –miembro de la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda- tiene como mensaje medular que las personas con discapacidad no deben ser vistas “como objetos manejables sino como sujetos humanos merecedores de respeto y tratos equitativos”.
Ahora el “nombre del juego”, por así decirlo, la posición de vanguardia que tenemos que ir adoptando como sociedad poco a poco es que veamos a las personas con discapacidad desde un punto de vista en el que se asegure el desarrollo humano y la libertad, y no a través de la carencia y necesidad.
Por lo tanto, podemos decir que esta Convención representa la búsqueda del Derecho Humano del Desarrollo, es decir, la combinación de “los derechos civiles y políticos con los derechos económicos, sociales y culturales”, según las palabras de Michael Ashley Stein y Janet E. Lord; ambos integrantes del Proyecto Harvard sobre Discapacidad.
Asimismo, se plantea que con la Convención, la Comunidad Internacional pueda juzgar el progreso que ha logrado cada estado miembro en el tema de personas con discapacidad y sus derechos. ¿Ustedes creen? Es súper importante “medir” de alguna manera los avances, porque si no, aún una pieza tan importante como la Convención queda en letra muerta… También es interesante saber que hay una bandera en común para todas las organizaciones que apoyan/trabajan con personas con discapacidad y en todo el mundo.
Lo que es un hecho es que en este documento por primera vez quedan perfectamente establecidos principios universales sobre los derechos de las personas con discapacidad, entre los que se encuentran respeto a la dignidad inherente, autonomía individual, independencia, respeto a la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad; no discriminación, igualdad de oportunidades, participación e inclusión plenas, accesibilidad, igualdad de género y apoyo a la evolución de las facultades de los niños con discapacidad.
Y si somos más específicos podríamos hablar también de conceptos como derecho a la vida, protección contra la tortura, derecho a la educación, empleo, participación en la vida política y pública, reconocimiento jurídico ante la ley, –punto en el que nuestro país tiene un pendiente con la declaración interpretativa del artículo 12- acceso a la justicia, libertad de expresión, de desplazamiento y nacionalidad, entre muchos otros.
También vale la pena mencionar el papel de las Organizaciones Civiles, tema que es tratado en esta publicación con un artículo de Federico Fleischmann, presidente de Libre Acceso A.C. Es un texto interesantísimo.
Fleischmann relata cómo en 1992 las organizaciones para personas con discapacidad se unieron para llevar a cabo una manifestación en la Cámara de Diputados y darle por primera vez sentido real a sus demandas.
Con esto se logró que Luis Donaldo Colosio y después Ernesto Zedillo incluyeran en sus campañas presidenciales el tema de discapacidad, y posteriormente, que durante la administración zedillista se creara el primer Programa Nacional para el Bienestar y la Incorporación al
Desarrollo de las Personas con Discapacidad 1995-2000. Después, con Fox, dice Fleischmann, “el tema de la discapacidad pareció tener un espacio importante en la agenda política (…), al grado que se creó una oficina de atención a las personas con discapacidad dentro de la misma Presidencia de la República”.
Con Vicente Fox se lograron grandes avances con la creación de la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para las Personas con Discapacidad (ORPISPCD), integrada por personas con discapacidad y gente de organizaciones civiles.
También se creó el Consejo Nacional Consultivo para la Integración de las Personas con Discapacidad y el Programa Nacional de Atención a Personas con Discapacidad 2001-2006 que contemplaba cinco rubros: Accesibilidad a Inmuebles Públicos y Privados, Atención con Calidad, Integración Laboral, Prevención y Rehabilitación de Discapacidades y Fortalecimiento de la Educación Especial y la Integración Educativa.”
Todo lo anterior suena de lujo ¿no creen? Pero desafortunadamente, este programa nunca se firmó ni publicó, y más bien derivó en la Ley General de las Personas con Discapacidad que ubicó –de nuevo- a la discapacidad en un área exclusivamente asistencial y de salud, y no de derechos humanos, desarrollo y ciudadanía.
Con esta ley todo lo que se pudo avanzar se convirtió en letra muerta, y tan es así que se le conoció como una “ley discapacitada” y que es necesario reformar.
El reto es que esta Convención se aplique verdaderamente en nuestro país, y que tanto la sociedad civil como nuestros gobernantes valoren cada una de las ventajas que ofrece en beneficio de las personas con discapacidad.
Este libro del Dr. Javier Moctezuma tiene la intención de mostrarnos lo anterior, y para hablar más de ello, estará con nosotros a las 12 de la tarde. Si no pueden conectarse a esa hora, los invito a enviar sus preguntas y regresar más tarde para consultar las respuestas del Dr. Moctezuma.
Pero, ¿cuál es su opinión de esta Convención?, ¿creen que en nuestro país sea posible aplicarla en su totalidad? ¿Cómo ven el cambio de paradigma que propone dejar de ver a las personas con discapacidad desde el “modelo médico” para pasar de lleno al “modelo social”?
¿Qué tenemos que hacer para que la sociedad vea a la discapacidad como algo que va más allá de un tema de salud y que nos atañe a todos? Finalmente todos vamos hacia la discapacidad, ¿han pensando en ello? Con eso de que vivimos más, trabajar para una sociedad más inclusiva es también es trabajar para nosotros mismos, con o sin discapacidad…
Campos Eliseos/El Universal
08-agosto-2008
En las últimas semanas hemos discutido a profundidad sobre la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y en conjunto hemos comprendido la importancia de su contenido y como da otro enfoque –de derechos humanos—a la vida de las personas con discapacidad.
Pero para entender este documento tan importante desde un punto de vista más técnico, les hablaré del libro Mecanismos Nacionales de monitoreo de la Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad, que presenta el secretario ejecutivo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Dr. Javier Moctezuma.
Esta publicación recopila textos que ven la Convención desde ángulos diversos. Por ejemplo: analizan casos específicos en Canadá, Bolivia, Perú, Guatemala y México sobre la situación de las personas con discapacidad.
Entre otras cosas, en este libro se resume que la Convención es el primer Tratado sobre Derechos Humanos del siglo XXI –que no es poca cosa- y también “el primer instrumento legal vinculante de las Naciones Unidas dirigido específicamente a los Derechos de las Personas con Discapacidad”.
Recordemos que la Convención entró en vigor seis años después de que México la propuso ante la ONU, y antes de ésta existieron algunos otros documentos que intentaron -sin éxito- velar por los derechos humanos de las personas con discapacidad.
Por ejemplo, antes de la década de 1980 tuvimos la Declaración del Retrasado Mental y la Declaración de los Derechos de los Impedidos. En 1981 se logró que fuera declarado el Año Internacional de las Personas con Discapacidad y en 1993 la Asamblea General de la ONU adoptó las Normas Uniformes de las Naciones Unidas sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad.
Todos estos fueron avances interesantes, pero de acuerdo a Leandro Despouy, relator especial de la ONU, la falta de protección específica desembocó en que las personas con discapacidad “se encontrarán ante una desventaja legal en relación con otros grupos vulnerables”.
Justo en lo anterior radica la importancia y trascendencia de esta Convención que según Gerard Quinn –miembro de la Comisión de Derechos Humanos de Irlanda- tiene como mensaje medular que las personas con discapacidad no deben ser vistas “como objetos manejables sino como sujetos humanos merecedores de respeto y tratos equitativos”.
Ahora el “nombre del juego”, por así decirlo, la posición de vanguardia que tenemos que ir adoptando como sociedad poco a poco es que veamos a las personas con discapacidad desde un punto de vista en el que se asegure el desarrollo humano y la libertad, y no a través de la carencia y necesidad.
Por lo tanto, podemos decir que esta Convención representa la búsqueda del Derecho Humano del Desarrollo, es decir, la combinación de “los derechos civiles y políticos con los derechos económicos, sociales y culturales”, según las palabras de Michael Ashley Stein y Janet E. Lord; ambos integrantes del Proyecto Harvard sobre Discapacidad.
Asimismo, se plantea que con la Convención, la Comunidad Internacional pueda juzgar el progreso que ha logrado cada estado miembro en el tema de personas con discapacidad y sus derechos. ¿Ustedes creen? Es súper importante “medir” de alguna manera los avances, porque si no, aún una pieza tan importante como la Convención queda en letra muerta… También es interesante saber que hay una bandera en común para todas las organizaciones que apoyan/trabajan con personas con discapacidad y en todo el mundo.
Lo que es un hecho es que en este documento por primera vez quedan perfectamente establecidos principios universales sobre los derechos de las personas con discapacidad, entre los que se encuentran respeto a la dignidad inherente, autonomía individual, independencia, respeto a la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad; no discriminación, igualdad de oportunidades, participación e inclusión plenas, accesibilidad, igualdad de género y apoyo a la evolución de las facultades de los niños con discapacidad.
Y si somos más específicos podríamos hablar también de conceptos como derecho a la vida, protección contra la tortura, derecho a la educación, empleo, participación en la vida política y pública, reconocimiento jurídico ante la ley, –punto en el que nuestro país tiene un pendiente con la declaración interpretativa del artículo 12- acceso a la justicia, libertad de expresión, de desplazamiento y nacionalidad, entre muchos otros.
También vale la pena mencionar el papel de las Organizaciones Civiles, tema que es tratado en esta publicación con un artículo de Federico Fleischmann, presidente de Libre Acceso A.C. Es un texto interesantísimo.
Fleischmann relata cómo en 1992 las organizaciones para personas con discapacidad se unieron para llevar a cabo una manifestación en la Cámara de Diputados y darle por primera vez sentido real a sus demandas.
Con esto se logró que Luis Donaldo Colosio y después Ernesto Zedillo incluyeran en sus campañas presidenciales el tema de discapacidad, y posteriormente, que durante la administración zedillista se creara el primer Programa Nacional para el Bienestar y la Incorporación al
Desarrollo de las Personas con Discapacidad 1995-2000. Después, con Fox, dice Fleischmann, “el tema de la discapacidad pareció tener un espacio importante en la agenda política (…), al grado que se creó una oficina de atención a las personas con discapacidad dentro de la misma Presidencia de la República”.
Con Vicente Fox se lograron grandes avances con la creación de la Oficina de Representación para la Promoción e Integración Social para las Personas con Discapacidad (ORPISPCD), integrada por personas con discapacidad y gente de organizaciones civiles.
También se creó el Consejo Nacional Consultivo para la Integración de las Personas con Discapacidad y el Programa Nacional de Atención a Personas con Discapacidad 2001-2006 que contemplaba cinco rubros: Accesibilidad a Inmuebles Públicos y Privados, Atención con Calidad, Integración Laboral, Prevención y Rehabilitación de Discapacidades y Fortalecimiento de la Educación Especial y la Integración Educativa.”
Todo lo anterior suena de lujo ¿no creen? Pero desafortunadamente, este programa nunca se firmó ni publicó, y más bien derivó en la Ley General de las Personas con Discapacidad que ubicó –de nuevo- a la discapacidad en un área exclusivamente asistencial y de salud, y no de derechos humanos, desarrollo y ciudadanía.
Con esta ley todo lo que se pudo avanzar se convirtió en letra muerta, y tan es así que se le conoció como una “ley discapacitada” y que es necesario reformar.
El reto es que esta Convención se aplique verdaderamente en nuestro país, y que tanto la sociedad civil como nuestros gobernantes valoren cada una de las ventajas que ofrece en beneficio de las personas con discapacidad.
Este libro del Dr. Javier Moctezuma tiene la intención de mostrarnos lo anterior, y para hablar más de ello, estará con nosotros a las 12 de la tarde. Si no pueden conectarse a esa hora, los invito a enviar sus preguntas y regresar más tarde para consultar las respuestas del Dr. Moctezuma.
Pero, ¿cuál es su opinión de esta Convención?, ¿creen que en nuestro país sea posible aplicarla en su totalidad? ¿Cómo ven el cambio de paradigma que propone dejar de ver a las personas con discapacidad desde el “modelo médico” para pasar de lleno al “modelo social”?
¿Qué tenemos que hacer para que la sociedad vea a la discapacidad como algo que va más allá de un tema de salud y que nos atañe a todos? Finalmente todos vamos hacia la discapacidad, ¿han pensando en ello? Con eso de que vivimos más, trabajar para una sociedad más inclusiva es también es trabajar para nosotros mismos, con o sin discapacidad…