jueves, 6 de diciembre de 2007

Protestan personas con discapacidad por interpretación del Senado



Participan en la protesta artistas como Betsy Pecanins, luego que los legisladores aprobaron interpretaciones a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad

Redacción EL UNIVERSAL.com.mx
El Universal
Ciudad de México
Lunes 03 de diciembre de 2007

Organizaciones civiles se manifestaron frente a las oficinas del Senado de la República para expresar su inconformidad después de que, el 27 de septiembre, la Cámara Alta ratificó la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, e introdujo una declaración interpretativa al artículo 12, párrafo 2, de dicho instrumento internacional.
En el Día Internacional de las Personas con Discapacidad, los organizadores señalaron en un comunicado que a pesar de que a simple vista la Declaración parece inocua, el estudio del dictamen del Senado mediante el cual se ratificó la Convención permite concluir que dicha declaración interpretativa autoriza en principio a que los jueces declaren la incompetencia para gobernarse de las personas con discapacidad, supuestamente con el objeto de “garantizar su mejor protección legal”.

La declaración interpretativa afectará principalmente a las personas con discapacidad intelectual y psico-social (antes llamada “mental”), pero también puede alcanzar a quienes tengan una discapacidad motriz o sensorial severa.

Con la participación de artistas como Betsy Pecanins, el grupo de teatro de personas sordas “Seña y Verbo”, y de personas con discapacidad visual e intelectual- el evento consistió en diversos performances llevados a cabo por personas con distintos tipos de discapacidad, a través de los cuales se hizo visible cómo esa declaración puede dejar a las personas con discapacidad sin el derecho a ejercer su "capacidad jurídica".

Denunciaron que la decisión de los legisladores limita su derecho a tomar por sí mismas decisiones básicas en la vida como casarse, tener la custodia de sus hijos, obtener un crédito, matricularse en la universidad, votar y ser votado, entre muchas otras.

Las organizaciones civiles solicitaron de manera formal al Senado, mediante un oficio que fue entregado en la oficina de la Senadora Rosario Ibarra, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de ese órgano legislativo, el retiro de la declaración interpretativa, y pidieron se entregue la ratificación a la ONU sin ningún tipo de declaraciones interpretativas ni reservas, y se reconozcan plenamente los derechos de las personas con discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, y su protocolo facultativo, se adoptaron en la O.N.U. el 13 de diciembre de 2006.

Fue abierta a firmas por los Estados el 30 de marzo de 2007. Ese mismo día la firmaron 82 países, -entre ellos México, que fue el país promotor de dicha Convención-, algo totalmente inédito en la historia de los tratados internacionales.

En el momento en que 20 países hayan ratificado la Convención, ésta entrará en vigor.

Al 21 de noviembre de 2007, siete países la han ratificado: Croacia, Cuba, Gabón, Hungría, India, Jamaica y Panamá. Ningún país ha puesto ninguna reserva a la Convención.

Las organizaciones sociales sostienen que la Declaración Interpretativa al Artículo 12 es contraria a la finalidad de la Convención, toda vez que el derecho a la capacidad jurídica (sobre el que trata el referido artículo) es el presupuesto de la mayoría de los otros derechos humanos reconocidos por el instrumento.

La Convención establece que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos que todas las demás personas y que, dado que esta población tiene desventajas y restricciones que le impiden tener la capacidad de goce y ejercicio de sus derechos como el resto de la población, son los Estados quienes deben garantizar las medidas para que puedan ejercerlos hasta el mayor grado posible.

Ese es el espíritu de la Convención, y eso es lo que impide la declaración Interpretativa, señala un comunicado del grupo.

La Convención busca que se provea a la persona con discapacidad de los apoyos técnicos y humanos que requiera para ejercer, al máximo de su capacidad, su derecho a vivir una vida autónoma de acuerdo a sus propias decisiones.

Las organizaciones civiles convocantes sostienen que, por el contrario, la idea de “protección” de la declaración interpretativa — y de la legislación mexicana— es la de que, para proteger a la persona con discapacidad en mayoría de edad, habrá de, primero, declarársela “legalmente incapaz” -según el criterio del juez-, y nombrar un tutor para la persona que, en adelante, tomará las decisiones que— a su juicio— sean las más convenientes para la persona con discapacidad, cuya voluntad queda así nulificada.

La Convención busca construir capacidades, por lo que cualquier interpretación del artículo 12, en el sentido de que las personas con discapacidad están necesitadas de tutela y de quien tome sus decisiones por no poder autodeterminarse, trastoca el propósito de la Convención

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